“Francia está cerca. No debe ser tan complicado implantarse allí, además hablo un poco de francés”.
Esta es una frase que escuchamos muy a menudo de empresas españolas o catalanas que buscan nuevas oportunidades de negocio en el país vecino. Es normal querer exportarse fuera de nuestras fronteras y Francia es un país que podría responder a esta necesidad. Sin embargo, hay que ser cauteloso para realizar su implantación francesa con éxito y saber rodearse de buenos profesionales.
Por una parte, hay que tener en cuenta que, de manera general, Francia es un país muy protector con las partes “débiles” de una relación comercial como, por ejemplo, los consumidores, los trabajadores o los agentes comerciales. Determinadas normas del derecho francés pueden ser aplicables, por ser consideradas de “orden público”, a pesar de que el contrato o las condiciones generales de venta prevean la aplicación del derecho español.
Por ejemplo: si se venden productos en Francia a consumidores, les será aplicable las normas imperativas del derecho francés (plazo de reflexión y de desistimiento, derecho de información, etiquetado en idioma francés, etc.)
Por otra parte, hay que saber elegir entre las diferentes modalidades de implantación para decidir la que se adapta mejor a las necesidades y al presupuesto de cada empresa.
- Venta directa en Francia de productos desde la estructura española: es el paso mínimo de la exportación. En este caso, habrá que pensar en traducir y adaptar las condiciones generales de venta, condiciones de utilización de la página internet, etc.
- Venta mediante intermediarios: es un paso más en el que se utilizan los servicios de una persona local que conoce el mercado y la clientela nacional. Puede ser a través de agentes comerciales independientes, distribuidores, o a través de la figura especial llamada VRP “voyageur représentant placier” (este último es un asalariado). En estos casos, se recomienda ser cauteloso con la redacción del contrato.
- Implantación física en el mercado francés: es el paso máximo mediante la implantación física a través de una sucursal o filial en Francia de la sociedad española. En Francia es más fácil y económico constituir una sociedad dado que no se comparece ante notario y se firman documentos privados que se inscriben directamente en el registro mercantil competente. Existen principalmente tres tipos societarios en Francia: la sociedad anónima (SA), la sociedad limitada (SARL) y un tipo especial de sociedad llamado “société par actions simplifiée” (SAS) que no tiene su equivalente en España.