Derecho procesal

El pasado 15 de mayo se adoptó el Reglamento (UE) nº 655/2014 por el que se permite, en asuntos transfronterizos y en el caso de deudas pecuniarias civiles y mercantiles, obtener una orden de retención de las cuentas bancarias que un deudor posee en otro Estado miembro.

Este reglamento trata de simplificar el cobro transfronterizo de determinadas deudas y de poner fin a un problema frecuente con el que se enfrentan numerosos acreedores cuando intentan cobrar sus créditos y constatan que el deudor ya ha retirado los fondos existentes en sus cuentas.

Dicho procedimiento podrá utilizarse a partir del 18 de enero de 2017 esperando que obtenga la eficacidad deseada.